El artículo 155 está ahora en boca de todos. Ya que es el remedio que el Gobierno podría aplicar tras la Declaración de Independencia y su suspensión por Puigdemont.
¿Pero en qué consiste?
Aunque todavía habrá una reunión a las 9 de la mañana el día 11 de octubre, todos los medios de comunicación y expertos, ya apuntan a que el 155 se llevará a cabo.
La Declaración de Independencia se considera ilegal, todavía hoy. Por el responsable de justicia del país, alegando que el recuento no se ha hecho como se debería y que este acto no debe ser efectivo.
¿ Habrá una posible actuación con el artículo 155 ?
El artículo 155 requiere que se envien 30.000 efectivos para llevar a cabo la intervención de la autonomía. Para que no se lleven a cabo disturbios y no se lleven a cabo la implementación de nuevas leyes. Restaurando así el orden.
En caso de que el artículo 155 no funcione, también se prevé poner al frente otra medida. La del artículo 116, que se ha realizado para evitar los disturbios públicos a gran escala, calmar a independentistas y evitar que haya una paralización de los servicios públicos (sanidad, educación, ayuntamientos…)
Todo apunta, a que se pedirá el estado de excepción. Para poder acceder a esta circunstancia, el Gobierno debe hacer su petición al Congreso de los Diputados. La duración de este estado no debería exceder del mes o 30 días.
De todas maneras, queda pendiente cómo contar con los profesionales que faltan. Algo más de 20.000 unidades de defensa. Para cubrir estos puestos, se podría recurrir a unidades militares de la División Castillejos. O el Regimiento de Infantería Acorazada Alcázar de Toleo Nº 61.
Pronto habrá nuevas noticias y estaremos al tanto para contarte que está ocurriendo.
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